A los trabajadores mayores de 31 años que no hayan cotizado al menos cinco se les denegará la incapacidad permanente por enfermedad común

Por norma general la pensión por incapacidad permanente se concede a las personas que se encuentran inhabilitadas para trabajar por una lesión, dolencia o enfermedad, ya sea para su profesión habitual o para cualquier empleo. La cuantía a percibir dependerá del grado reconocido, pudiendo ser total (55% de la base reguladora), absoluta (100% de la base reguladora) o Gran Invalidez, que otorga complementos por la limitación funcional del individuo.

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