El Supremo concluye que el domicilio constituye un elemento patrimonial productivo que debe incluirse en el cálculo del límite del 60% de renta y patrimonio porque, a su juicio, es «susceptible» de generar rendimientos en el IRPF. Leer
El Supremo concluye que el domicilio constituye un elemento patrimonial productivo que debe incluirse en el cálculo del límite del 60% de renta y patrimonio porque, a su juicio, es «susceptible» de generar rendimientos en el IRPF. Leer