La equiparación de la jornada parcial a un día completo cotizado no aplica sobre los ya jubilados

La equiparación de la jornada parcial a un día completo de trabajo a efectos de cotización que aplica desde el 1 de octubre tendrá carácter retroactivo para todos aquellos trabajadores en activo que hayan tenido o tengan periodos trabajados bajo esa tipología de contratos, pero no supondrá ningún cambio quienes ya disfruten de la pensión.

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