Los autónomos de baja médica pueden cobrar el 60% de la base reguladora, pero están obligados a pagar sus cuotas a la Seguridad Social los primeros meses

Los autónomos tienen un régimen especial que les diferencia de los trabajadores por cuenta ajena, pero tienen reconocidos muchos derechos laborales que también se contemplan en el Régimen General. Por ejemplo, el derecho a cobrar la baja.

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